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La Seguridad Social, las Mutualidades Profesionales y las Pensiones futuras

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Si analizamos el sistema de reparto de la Seguridad Social no es difícil que surja el comentario: ¡Con todo lo que he cotizado, si hubiese capitalizado ese dinero y lo pudiera acumular para cuando me jubilara, sería rico!


Pensamos que esa cantidad de dinero generaría mucho más si estuviera sabiamente invertida, pero lo cierto es que no es así.


La Seguridad Social, con sus ventajas e inconvenientes, y con sus fortalezas y debilidades, tiene las siguientes características que nadie puede negar:

  • Cuando te jubilas tienes una renta y no un capital. Además, no es una renta cualquiera, es una renta vitalicia que es reversible a favor de nuestro cónyuge
  • Lo que se percibirá, no simplemente es para nosotros, sino que estamos protegiendo a nuestra familia en caso de producirse un fallecimiento antes de jubilarnos. Y no por un capital cualquiera, sino por una renta que a su vez también es vitalicia para el viudo o viuda. Y temporal a nuestros hijos hasta los 21 años
  • También percibiríamos una pensión en caso de quedarnos inválidos y si la incapacidad fuese tan grave que nos incapacitase para cualquier trabajo, dicha pensión sería vitalicia
  • Además, ofrece asistencia sanitaria.

Hagamos más o menos uso de las diferentes prestaciones, sobretodo confiamos en que cuando alcancemos la edad de jubilación tengamos esa pensión que cubra nuestras expectativas de estilo de vida. Y en este sentido, y con una buena dosis de solidaridad, cotizamos sabiendo que este dinero no es para nosotros pero que con ello generamos derechos para que en el futuro alguien cotice por nosotros.



Seguridad Social VS Protección por mi cuenta


Pero si uno pudiera organizarse la protección por si mismo, ¿Conseguiría mejores prestaciones?


Los trabajadores por cuenta ajena, sean asalariados de una empresa privada o de la administración pública, o los que son propiamente funcionarios, con otro sistema protector pero público en cualquier caso, no tienen elección, y o están en el régimen general de la Seguridad Social o en algún régimen especial, pero han de estar dentro del sistema obligatoriamente.

Y en el caso de los autónomos, igual. Aunque por su sistema particular de cotización puedan elegir la base de cotización entre un mínimo y un máximo, pero obteniendo similitud de prestaciones que por el régimen general. ¿Y todos los autónomos?

No, algunas actividades profesionales –abogados, arquitectos, médicos…– conservan un sistema mutualista que permite planificar su protección de una forma diferenciada, si realizan su actividad laboral exclusivamente por cuenta propia.

Sin entrar en analizar cada una de las principales mutualidades, lo cierto es que en algunas circunstancias particulares podría y puede darse el caso de que alguien llegue a planificarse su protección personal y familiar por su cuenta. Pero, ¿sale ganando?



Sin hacer un gran desarrollo económico, hagamos números:

  • Cuando me jubile a los 65 años deseo alcanzar una pensión de 1.000€ mensuales vitalicios y que cuando yo fallezca mi mujer cobre al menos la mitad de lo que yo perciba, es decir una renta vitalicia reversible.
  • Teniendo en cuenta que cada vez se vive más si ahora se vive por término medio hasta los 84 años, es posible que si ahora tengo 35 años, dentro de 30 años se viva por lo menos hasta los 90.
  • Para garantizar los 1.000€ al mes, con reversibilidad de un 50% a favor del cónyuge y con un crecimiento del 1%, más o menos necesitaremos alcanzar un capital de 325.000€ cuando nos jubilemos.
  • Para alcanzar este capital en 30 años necesitaríamos ahorrar 436€ mensuales, invertirlos al menos a un 2% y que esta cuantía mensual la actualizásemos todos los años al 3%.

Este esfuerzo de ahorro solo para conseguir una renta de 1.000€ al mes, si quisiéramos conseguir 2.000, las cuentas resultan sencillas, multiplicamos por 2 y tendremos que destinar cerca de 900 € al mes.


Pero solo estamos teniendo en cuenta el ahorro de nuestra jubilación


¿Qué capital necesitaríamos para que nuestra familia o nosotros mismos cobrásemos una renta vitalicia de 1.000€ por invalidez si ahora nuestro cónyuge tiene 35, 40 o 45 años?

Seguiríamos sumando a la base de 900€ al mes un esfuerzo adicional que resultaría en muchas circunstancias impensable.

Sin duda, para que un sistema de capitalización compense o alcance lo mismo que genera el reparto, requiere de un esfuerzo económico muy superior, contrario totalmente a lo que solemos pensar.

En relación a las Mutualidades, no todas son iguales, pero desde luego si alguna de ellas ha cambiado su régimen de reparto a capitalización, será difícil poder conseguir las prestaciones de la Seguridad Social, y si permanece el sistema de reparto, necesitará ser una mutualidad con un gran número de mutualistas para igualmente generar unas prestaciones equivalentes.

En cualquier caso; trabajadores por cuenta ajena, autónomos y mutualistas pueden pedir información sobre su grado de protección para, a nivel individual, corregir de forma privada las carencias de cobertura que les afectan.